Cada vez más aumentan las medidas políticas y jurídicas para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres. Hablamos sobre los Planes de Igualdad (Ley 3/2007 por la igualdad efectiva de mujeres y hombres), qué son y por qué tienen que ser una prioridad en el Plan Estratégico de tu empresa.
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas encaminadas a garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el entorno laboral. Tiene el objetivo de eliminar las barreras y discriminaciones que puedan existir dentro de la empresa por razón de sexo.
Grandes empresas como Zara, Mercadona, o IKEA ya han elaborado sus planes de igualdad, incluso, mucho antes que fuera obligatorio por ley.
Y es que – todavía hoy en día – muchas mujeres se quedan fuera del mercado laboral al considerarlas menos aptas para los puestos de trabajo por tener más de 50 años, contar con responsabilidades familiares no compartidas o sufrir alguna discapacidad. Todos ellos prejuicios y discriminaciones que debemos afrontar y combatir.
Fundació Adecco
¿Quién está obligado a cumplir con un Plan de Igualdad?
A partir del 7 de marzo de 2022, todas las empresas que tengan entre 50 y 100 personas trabajadoras, tendrán que tener su Plan de Igualdad.
Desde el 7 de marzo del 2021, ya estaban obligadas a tener un Plan de Igualdad las empresas de entre 151 y 250 personas trabajadoras y, desde el 7 de marzo de 2021, las empresas que tienen entre 101 y 150 personas trabajadoras.
- 7 de marzo de 2020
- Las empresas que tienen entre 151 y 250 personas trabajadoras.
- 7 de marzo de 2021
- Las empresas que tienen entre 101 y 150 personas trabajadoras.
- 7 de marzo de 2022
- Las empresas que tienen entre 50 y 100 personas trabajadoras.
De momento, la normativa no prevé que el Plan de Igualdad sea obligatorio para las empresas de menos de 50 personas en plantilla. Ahora bien, hay algunas excepciones:
- Cuando las empresas tengan establecido un Plan de Igualdad en el convenio colectivo.
- En caso de que la elaboración de un Plan de Igualdad sea impuesta por la autoridad laboral durante la aplicación de un procedimiento sancionador.
¿Y qué pasa con las empresas que no tienen la obligación de tener un Plan de Igualdad?
Todas las empresas, independientemente del número de personas que tengan en plantilla, están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral.
Por eso, tienen que adoptar medidas dirigidas como, por ejemplo, la Formación en Igualdad de Oportunidades para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
¿Mi empresa necesita un Plan de Igualdad?
Sí, si tiene más de 50 personas trabajadoras en plantilla.
Ahora bien, aunque tu empresa no esté obligada por ley, es recomendable que – por pequeña que sea – tenga un Plan de Igualdad.
Aplicando medidas de igualdad en tu empresa, demostrarás un compromiso social, mejorarás la imagen de la empresa y contribuirás a mejorar el clima laboral.
Por si esto fuera poco, aquí te dejamos 10 beneficios de implantar un Plan de Igualdad.
10 beneficios de implantar un Plan de Igualdad
- Retendrás el talento.
- Disminuirás el absentismo laboral.
- Disminuirás los costes de personal.
- Mejorarás la imagen corporativa y el clima laboral.
- Evitarás sanciones.
- Accederás a más subvenciones.
- Aumentarás la confianza de los empleados.
- Accederás a clientes de alto valor.
- Mejorarás las condiciones laborales y la conciliación.
- Establecerás medidas efectivas para luchar contra la discriminación y el acoso sexual.
Sanciones en caso de incumplimiento de la implantación de un Plan de Igualdad
No cumplir con las obligaciones que en materia de igualdad se hayan establecido en el Estatuto de los Trabajadores o convenio colectivo, puede comportar sanciones económicas importantes que van desde los 626 euros (falta leve) a los 187.515 euros, en caso de considerarse faltas muy graves.
¿Cómo trabajamos en ON4?
Si necesitas un Plan de Igualdad para tu empresa, podemos ayudarte. En ON4 implantamos Planes de Igualdad siguiendo una metodología en 5 fases:
Toma de decisión y compromisos
- Adopción del compromiso por parte de la dirección e implicación del equipo directivo.
- Constitución de la Comisión de Igualdad.
- Información a la plantilla de la decisión tomada e invitación a su participación.
Diagnóstico
- Recogida de información y análisis de datos de la plantilla, de las prácticas de gestión de recursos humanos y de la cultura de la empresa.
- Resultados en términos de oportunidades e indicadores de mejora para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres en la empresa.
Diseño y negociación del Plano
- Definición de los objetivos.
- Identificación de las acciones en base a las desigualdades detectadas y las posibilidades reales de la organización.
- Determinación del cronograma para el desarrollo de actuaciones.
- Definición del sistema de seguimiento y evaluación.
- Negociación del Plan de Igualdad.
Ejecución
- Desarrollo de las actuaciones propuestas en el Plan.
- Comunicación interna del desarrollo de las actuaciones.
Seguimiento y evaluación
- De la ejecución, de los resultados y del impacto.
- Adaptación de estrategias y definición de nuevas medidas.
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