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¿Es legal tener que pagar para rechazar las cookies?
Portada - És legal haver de pagar per refusar les cookies?

Imagina que vas a una cafetería y te ofrecen dos opciones: o bien aceptas que el camarero comparta tu pedido y preferencias de café con otras empresas, o pagas un pequeño suplemento para mantener tu privacidad.

Esta situación, que parece absurda en el mundo real, se está convirtiendo en una práctica cada vez más común en el mundo digital. De hecho, en muchas páginas web, ahora los usuarios se encuentran en un dilema similar: aceptar cookies que recogen datos personales o pagar para rechazarlas y acceder al contenido.

Este dilema ha tenido consecuencias y ha captado la atención del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD), que ya ha emitido opiniones y recomendaciones sobre esta práctica.

Pero, antes de nada, un pequeño recordatorio: ¿Qué son las cookies?

Las cookies o galletas son pequeños archivos de texto que una página web envía a tu ordenador o dispositivo móvil. Estas galletas sirven para recordar tus preferencias y hábitos de navegación. Gracias a ellas, los sitios web pueden identificar tu dispositivo, guardar tu sesión y recordar tu interacción con el sitio, facilitando funciones como la personalización de contenido y la segmentación de anuncios.

Te puede interesar: ¿Qué es y por qué tu empresa debe cumplir la ley de protección de datos?

¿Qué dice el RGPD sobre el consentimiento para el uso de cookies?

En los últimos años, la regulación sobre la gestión de la privacidad y los datos personales se ha intensificado, especialmente después de la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en la Unión Europea.

Incluso, hace menos de un año, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) actualizó su Guía sobre el uso de las Cookies, estandarizando cómo deben presentarse las opciones de aceptar y rechazar las cookies. Esta guía busca evitar los diseños engañosos que dificultan la capacidad de los usuarios para proteger sus datos personales y tomar decisiones informadas.

El RGPD establece que el consentimiento para el uso de cookies debe ser libre, informado, específico e inequívoco. Esto ha generado un debate sobre si es legítimo que las páginas web ofrezcan a los usuarios una elección entre consentir el uso de cookies o pagar por una versión del servicio exenta de seguimiento. Es decir, un falso consentimiento.

El CEPD pide alternativas al modelo de “consentimiento o pago” de las cookies

El CEPD se ha pronunciado sobre los modelos de “consentimiento o pago”, demandando que siempre se ofrezca una alternativa gratuita que cumpla con los requisitos del RGPD. Según Anu Talus, presidente del CEPD:

«Las plataformas en línea deben ofrecer a los usuarios una opción real a la hora de utilizar modelos de «consentimiento o pago». Los modelos que tenemos hoy generalmente requieren que las personas regalen todos sus datos o paguen. Como resultado, la mayoría de los usuarios dan su consentimiento para el procesamiento con el fin de utilizar un servicio, y no entienden todas las implicaciones de sus elecciones.»

Fuente: CEPD: Los modelos de «consentimiento o pago» deben ofrecer una opción real

El CEPD ha elaborado un documento aclarando que:

  • No se pueden cumplir los requisitos para un consentimiento válido si solo se ofrece a los usuarios elegir entre consentir el tratamiento de datos personales para publicidad basada en el comportamiento o pagar una tasa.
  • Las plataformas online deben cumplir con los requisitos del RGPD. Los datos personales no pueden considerarse un bien comercializable y debe impedirse que el derecho fundamental a la protección de datos se transforme en un producto que, para disfrutarlo, deba pagarse. Se recomienda ofrecer alternativas equivalentes que no requieran pago, y en caso de ofrecer una alternativa de pago, también ofrecer una opción gratuita sin publicidad basada en el comportamiento de uso.
  • Además, el CEPD recuerda que obtener el consentimiento no exime de cumplir con las demás reglas y principios del RGPD, como son la limitación de la finalidad, la minimización de los datos y la equidad, y los principios de necesidad y proporcionalidad.

Estas directrices ponen de manifiesto la necesidad de explorar más a fondo las implicaciones legales y éticas de estos modelos de consentimiento o pago. El debate sobre el modelo de “consentimiento o pago” por las cookies es un claro ejemplo de cómo la legislación está intentando adaptarse a las nuevas realidades digitales.

Empresas que toman iniciativas proactivas para ofrecer transparencia y control a los usuarios no solo estarán cumpliendo con la ley, sino que también estarán construyendo una base de confianza y lealtad con sus usuarios. Las directrices del CEPD no son simplemente un conjunto de recomendaciones, sino una clara indicación de hacia dónde va el futuro de la regulación de privacidad: un futuro donde el consentimiento es real, informado y respetuoso con el usuario.

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